El beneficio será entregado a los Herederos Legales del asegurado en caso de fallecimiento.

En el caso de solteros aplica por grado de consanguineidad, siendo los beneficiarios en primer lugar los padres, a falta de éstos, los tíos, sobrinos, etc. Las personas deberán presentar la posesión efectiva de bienes que es dada por la autoridad competente.